En la Comisión de Cultura del Senado comenzó ayer la discusión sobre el proyecto de ley "Reglamento de las competiciones de videojuegos" presentado por el senador Martí (Lega) y otros. Durante la sesión, el portavoz Paganella (Lega) ilustró las disposiciones del proyecto de ley y el contenido de los trece artículos que lo componen.

A continuación se muestra el informe completo:

El ponente PAGANELLA (LSP-PSd'Az) ilustra en el título las disposiciones del proyecto de ley, precisando que su objetivo es regular las competiciones de videojuegos, partiendo del supuesto de que la tecnología y, en particular, la banda ancha rápida y el streaming, permiten a los usuarios de vídeo los juegos no se limitan al uso individual de los mismos, sino que compiten en competiciones, carreras o torneos reales, en ocasiones a nivel internacional. Señala que el sector, hoy caracterizado por una pluralidad de actores y por importantes inversiones, necesita una regulación que proteja adecuadamente a los distintos protagonistas de las competiciones: por un lado, los jugadores y, en particular, los menores; por el otro, los inventores, para la protección del trabajo intelectual y la promoción de la dimensión creativa y cultural.

Luego pasa a ilustrar el contenido de los trece artículos que componen la disposición del título. Destaca que, de conformidad con el artículo 1, la República promueve y apoya los videojuegos como medio de expresión artística, educación cultural y comunicación social y que la regulación de los concursos de videojuegos, se dicta respetando los principios de libertad económica, protección del consumidor y protección menor, tiene como objetivo la creación de igualdad de condiciones para los operadores italianos en los mercados nacional, europeo y mundial. Además, se reconoce y promueve el valor creativo y cultural de los videojuegos como obra intelectual protegida por derechos de autor y se prevé que las empresas comerciales de videojuegos que persigan estos valores puedan beneficiarse de medidas de incentivo fiscal y apoyo de la Unión Europea, cuando constituyen oportunidades para el crecimiento económico y del empleo, así como para el impulso de los sectores de investigación e innovación.

El artículo 2 contiene las definiciones pertinentes a la disposición, empezando por las de videojuegos (entendidos como obras intelectuales complejas dotadas de creatividad y protegibles tanto en su conjunto como en sus componentes individuales), actividades de videojuegos y concursos.

El artículo 3 distingue las competiciones de videojuegos en competiciones presenciales, competiciones a distancia, competiciones en Italia y competiciones transnacionales.

A continuación, el ponente se centra en el artículo 4, que introduce normas para proteger a los menores. En concreto, establece que no se permite la participación en concursos de videojuegos a menores de doce años y que los menores de catorce años sólo podrán participar en concursos que no proporcionen premios en metálico u otros beneficios, previa autorización de sus padres. o tutor, patria potestad. En cuanto a los menores que hayan cumplido catorce o dieciséis años, podrán participar en concursos de videojuegos que proporcionen premios en metálico u otros beneficios por un valor máximo, respectivamente, de 2.500 euros y 5.000 euros, previa autorización de sus padres o
ejerce la patria potestad. En todo caso, se permite la participación en concursos de videojuegos a menores de dieciséis años previa autorización del titular de la patria potestad, a quien deberá informar de las condiciones de participación, de los premios en juego en el concurso y del vídeo. Juegos utilizados para la realización de la propia competición, así como su clasificación.

El artículo 5 impone a quienes pretendan organizar concursos de videojuegos en Italia, incluso conectados entre sí, presencialmente o a distancia, que impliquen el pago de premios superiores a 2.500 euros, a registrarse en la plataforma electrónica del Ministerio. de Cultura.

El artículo 6 establece que los organizadores de concursos de videojuegos que impliquen el pago de premios superiores a 2.500 euros estarán obligados a comunicar a la organización del concurso una declaración específica, que será depositada en la citada plataforma electrónica del Ministerio de Cultura.

El artículo 7 establece que las normas relativas a la retención en origen sobre los premios y ganancias a que se refiere el artículo 30, segundo párrafo, del Decreto presidencial nº 29 de septiembre de 1973, se aplicarán a los premios de los concursos de videojuegos. 600, con una tasa del 20 por ciento.

El artículo 8 regula la clasificación laboral de los jugadores y operadores de videojuegos, delegando la regulación de la materia a directrices del Ministro de Cultura, de acuerdo con el Ministro de Trabajo y Políticas Sociales, previa actividad de una mesa en la que además de las autoridades competentes Participan ministerios, productoras de videojuegos, organizadores de competiciones de videojuegos, organizaciones de equipos y asociaciones más representativas de jugadores y operadores del sector.

El artículo 9 establece que lo dispuesto en los artículos 4, 5, 6, 7, 8, 10 y 12 no se aplica a las competiciones transnacionales de videojuegos a distancia.

El artículo 10 establece que en las competiciones de videojuegos sólo se permiten apuestas a la victoria de los participantes y se prohíbe a los jugadores que hayan participado en al menos dos competiciones de videojuegos apostar, incluso a través de terceros.

El artículo 11 establece que las competiciones de videojuegos se incluyen entre los acontecimientos culturales y deportivos para los que es posible obtener un visado temporal de entrada en Italia y en el espacio Schengen con el fin de participar en acontecimientos deportivos o culturales, para una estancia máxima de duración de noventa días cada ciento ochenta días.

El artículo 12 prevé sanciones por incumplimiento de las obligaciones contenidas en el proyecto de ley.

Finalmente menciona el artículo 13, que contiene las disposiciones finales. Entre ellas, menciona la disposición en virtud de la cual los concursos de videojuegos realizados de conformidad con las disposiciones del proyecto de ley quedan excluidos de la aplicación de la normativa sobre actividades de juego (mencionado en el Decreto Legislativo del 14 de abril de 1948, n. 496). y del reglamento sobre concursos y premios (mencionado en el reglamento mencionado en el decreto del Presidente de la República de 26 de octubre de 2001, n. 430).

Artículo anteriorCámara, pregunta del M5S: "Evitar que los juegos de azar sean objeto de promoción publicitaria y que el Ministerio de Sanidad quede fuera de la protección de los ciudadanos"
Artículo siguienteLa Autoridad Danesa del Juego bloquea 83 sitios web ilegales