“¿Qué iniciativas relevantes piensa emprender para asegurar, a través de medidas posteriores, el cumplimiento por parte del Estado de su deber constitucionalmente protegido de proteger la salud, evitando en primer lugar que los juegos de azar sean objeto de promoción publicitaria y que el Ministerio de Salud sea destituido de su cargo? el importante papel de proteger a los ciudadanos del juego patológico".

Esto le piden los diputados al Ministro de Salud Cuarteles (en la foto), Francesco Silvestri, Sportiello, Marianna Ricciardi y Di Lauro (M5S) en una pregunta para respuesta inmediata en la Comisión de Asuntos Sociales de la Cámara.

A continuación se muestra el texto completo de la pregunta:

“QUARTINI, FRANCESCO SILVESTRI, SPORTIELLO, MARIANNA RICCIARDI y DI LAURO. — Al Ministro de Salud. — Saber - dado que: la Cámara de Diputados ha concluido el examen de la Ley Gubernamental núm. 116, que contiene el «Proyecto de decreto legislativo que contiene disposiciones relativas a la reorganización del sector del juego, a partir del juego a distancia»; la disposición antes mencionada atestigua un enfoque que, en opinión de los interrogados, es absolutamente inadecuado para la consecución de los objetivos establecidos en la ley habilitante en relación con la protección de los sujetos vulnerables y la prevención de los fenómenos de trastornos del juego; De hecho, el sistema regulador se basa en el concepto de "juego responsable" y no persigue el objetivo de reducir al máximo el acceso al juego, sino el de "educar" al jugador, subestimando el aspecto patológico del fenómeno del juego y transmitiendo una imagen positiva del juego; en particular la nueva legislación: legitima una vez más el uso de la publicidad, superando la prohibición absoluta de publicidad introducida por el decreto legislativo n. 87 de 2018 (llamado decreto de dignidad); atribuye al concesionario, o al interesado directo, el control sobre el grado de participación en el juego de los jugadores más expuestos al riesgo de juego patológico; desmantela un organismo de seguimiento independiente, como el observatorio del juego, para sustituirlo por una consulta que incluya a entidades privadas, en opinión de los interrogados, en claro conflicto de intereses; resulta paradójica la invocación por parte del MEF de lo que queda de la función pública de "proteger la salud del jugador": una distorsión disfuncional, considerando que el impacto y los costes recaerán entonces en el NHS; a nivel constitucional y normativo, los principios de protección de la salud, la familia, el ahorro y la seguridad deben entenderse superiores al interés tributario, como lo destacó en varias ocasiones el Tribunal Constitucional; - las medidas relativas al juego tienen efectos indudables, graves y significativos sobre la protección de la salud de las personas: ¿qué iniciativas competentes piensa emprender para garantizar, mediante medidas posteriores, el cumplimiento por parte del Estado del deber constitucionalmente protegido de proteger la salud, en primer lugar? todo ello impidiendo que el juego sea objeto de promoción publicitaria y evitando que el Ministerio de Sanidad quede despojado del importante papel de proteger a los ciudadanos del juego patológico".

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