Mínimos garantizados, en el Diario Oficial las ordenanzas del Tar que plantean la cuestión de la legitimidad constitucional

(Jamma) Se publicaron en el Boletín Oficial las ocho ordenanzas con las que el Lazio Tar planteó a fines de enero la cuestión de la legitimidad constitucional en los recursos interpuestos por los organismos hípicos contra la solicitud de mínimos garantizados. El Tar solicitó a la Consulta verificar la constitucionalidad (en relación con los artículos 3, 24, párrafo 1, 103, párrafo 1, y 113 de la Constitución) del art. 10, apartado 5, del decreto-ley de 2 de marzo de 2012, n. 16, convertido por la ley 26 de abril de 2012, n. 44 - “en la parte en que dispone que ‘a fin de perseguir una mayor eficiencia y rentabilidad de la actuación en los sectores de competencia, el Ministerio de Economía y Finanzas -Administración Automatizada de los Monopolios Estatales, el Ministerio de Agricultura, Políticas Forestales y Alimentarias y la Agencia para el desarrollo del sector hípico - ASSI, proceden a la definición, también en un arreglo, consultados los órganos competentes, con abandono de cualquier litigio pendiente, de todas las relaciones controvertidas en las materias conexas y de acuerdo con los criterios que se indican a continuación: .. b) en relación con las cuotas de retiro de conformidad con el art. 12 del decreto del Presidente de la República 8 de abril de 1998, n. 169 y adiciones conexas, definición, en equidad, de una reducción que no exceda el 5 por ciento de las sumas aún adeudadas por los concesionarios a que se refiere el mencionado decreto del Presidente de la República n. 169 de 1998 con identificación de las formas de pago de las sumas relativas y ajuste de las garantías. En consecuencia al art. 38, apartado 4, del decreto-ley de 4 de julio de 2006, n. 223, convertido, con modificaciones, por la ley 4 de agosto de 2006, n. 248, letra l) se suprime'". Es la norma que, para resolver el tema de los mínimos, concede a las agencias una reducción del 5% de las cantidades adeudadas. Las agencias, sin embargo, gracias al Lodo di Maio (actualmente impugnado ante el Tribunal de Apelación de Roma) y en virtud de una serie de sentencias del propio Lazio Tar, han obtenido el derecho a no tener que pagar los mínimos hasta la adopción por el Mef de las medidas de salvaguardia.

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