redención de boletos

“Como es sabido, con el fin de permitir la cadena de suministro de dispositivos sin premios en efectivo a que se refiere el apartado 7 del art. 110 TULPS para adecuarse a la normativa técnica y administrativa vigente, con Determinación Directoral nro. 172999, de 1 de junio de 2021, se identificó un período de transición para los dispositivos ya instalados pero no sujetos a verificación técnica de conformidad, lo que resultó en la liberación de la autorización de funcionamiento que venció el 31 de diciembre de 2023 tras la autocertificación. Para evitar la desinstalación debido a la expiración de numerosas autorizaciones en vigor relativas a los dispositivos que aún pertenecen a la categoría específica en cuestión, la Agencia Resolución Directoral n. 756965 de 19 de diciembre de 2023, publicado en la web institucional, ha previsto la prórroga de la normativa transitoria hasta el 31 de diciembre de 2024, permitiendo ampliar los efectos de las autocertificaciones y autorizaciones relacionadas hasta esa fecha y alineando así los plazos con los relativos a los dispositivos. utilizados en la "actividad de entretenimiento itinerante". Esto es lo que leemos en un aviso de la Agencia de Aduanas y Monopolios.

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