Existen cinco obligaciones para las empresas que operan en el sector público del juego que vencen el 31 de enero.

  • Plazo de seis meses para cumplir con las obligaciones relativas a la legislación contra el blanqueo de capitales de conformidad con el Decreto Legislativo de 21 de noviembre de 2007, n. 231 y posteriores modificaciones y adiciones del semestre anterior.
  • Plazo para el pago del impuesto único sobre las apuestas hípicas, sobre las apuestas distintas de las hípicas y sobre las apuestas sobre acontecimientos simulados referido al mes de diciembre del año anterior por todos los comerciantes autorizados a recaudar en línea (art. 29, apartado 12). bis del Decreto Legislativo de 29 de diciembre de 2011, nº 216 convertido con la Ley de 24 de febrero de 2012, nº 14).
  • Plazo para el cumplimiento de las obligaciones en materia de legislación antimafia en virtud del Decreto Legislativo 6 de septiembre de 2011, n.159 y posteriores modificaciones y adiciones.
  • Plazo para el pago del impuesto único para todos los concesionarios de la operación a distancia de juegos públicos de apuestas hípicas (códigos fiscales 5103-5107), de apuestas deportivas de contrapartida y otras apuestas sobre eventos distintos de los deportivos y de carreras de caballos ( códigos fiscales 5104-5108), para apuestas en eventos virtuales (códigos fiscales 5105-5109) y para apuestas de interacción directa entre jugadores, es decir, Betting Exchange, (códigos fiscales 5352-5355), con vencimiento en diciembre del año anterior.
  • Plazo para el pago, con código fiscal 5469, de los intereses activos devengados el año anterior en cuentas corrientes bancarias o postales dedicadas exclusivamente a la custodia y gestión de las sumas que reposan en las cuentas de juego propiedad de los jugadores, de conformidad con el párrafo 14 del artículo. 1 del acuerdo firmado.
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