Absuelto, o más bien absuelto para no tener que procesar, al propietario de un centro de apuestas situado en la provincia de Agrigento, defendido porabogado Marco Ripamonti.

El mismo acusado había sido juzgado un año antes por el mismo delito de cobro ilegal de apuestas y había sido absuelto por la inexistencia del hecho, por falta de pruebas sobre actividades de intermediación y existencia de perfiles discriminatorios inherentes al cargo. de la casa de apuestas con la que estaba conectado.

Tesis representada por el mismo abogado Marco Ripamonti, por quien siempre estuvo asistido.

Este último defensor, en el segundo juicio, argumentó que no es posible, ante una misma actividad, realizada en el mismo ejercicio, ser juzgado varias veces tras múltiples denuncias por el mismo delito, si no violando el principio del ne bis in idem, que prohíbe ser juzgado dos veces por el mismo delito.

El Tribunal de Agrigento, en la audiencia del 13 de noviembre de 2023, coincidió con la tesis de la defensa y falló en consecuencia.

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