Medidor de ingresos. El Garante de Privacidad 'remolca' determinación de gasto medio en juegos y loterías

 

(Jamma) El Garante de la Privacidad ha vinculado su visto bueno al contador de ingresos a una serie de medidas que deben hacerlo conforme a la política de privacidad. Estas intervenciones son necesarias para corregir "los numerosos perfiles críticos" que han surgido. En resumen, hay varios aspectos del instrumento desarrollado por la Agencia Tributaria que necesitan ser revisados. Estos incluyen la determinación de un gasto 'promedio' para juegos y loterías cuando no hay datos confiables que indiquen la cantidad.

 

CIERTOS GASTOS: La renta del contribuyente puede reconstruirse utilizando sólo ciertos gastos y gastos que valoran ciertos elementos (posesión de bienes o uso de servicios y manutención relativa) sin utilizar gastos presuntos basado únicamente en el promedio de Istat.

 

GASTOS MEDIOS ISTAT: Los datos de gastos medios de Istat no pueden utilizarse para determinar el importe de los gastos fraccionados y recurrentes respecto de los cuales las autoridades fiscales no disponen de pruebas ciertas. De hecho, estos datos, atribuibles al estándar de consumo familiar promedio, no pueden rastrearse correctamente hasta ningún individuo, excepto con márgenes de error considerables por exceso o defecto.

 

El perfil del contribuyente -previsto por el legislador únicamente a los efectos de determinar por inducción el contenido probable de elementos indicativos de la capacidad de pago de determinado contribuyente (por ejemplo, la posesión de automóviles o embarcaciones)- se amplía, por tanto, por el decreto también a la presunta existencia de los propios elementos (por ejemplo, hoteles, pensiones y viajes organizados).

En caso de que no se acrediten determinados gastos derivados de los datos disponibles o presentes en el registro fiscal, para numerosas partidas de gasto previstas en el Cuadro de referencia, se imputa a cada contribuyente el importe del gasto medio Istat del ámbito geográfico y del hogar al que pertenezca. cuantificar el gasto estimado para, por ejemplo, "tranvías, autobuses, taxis y otros transportes", "juegos y juguetes, radio, televisión, equipo de alta fidelidad, computadoras, libros no escolares, diarios y revistas, discos, papelería, radio, suscripciones de televisión e internet, lotto y loterías, plantas y flores, reparación de radios, televisores, impuestos informáticos”, “institutos de peluquería, peluquería y estética”. Esto, incluso en los casos en que el monto del gasto del Istat sea mayor que el monto determinado disponible para la Agencia Tributaria.

Para estas partidas de gasto, los valores medios del Istat son utilizados por el decreto no solo para cuantificar un elemento de capacidad de pago atribuible al contribuyente, sino también para atribuirle presuntamente partidas de gasto no ancladas a ningún dato determinado, en relación a la adquisición de bienes o servicios y su mantenimiento.

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