Senado, para evitar el aumento en el boleto de salud ¿por qué no aumentar el impuesto sobre las ganancias de la lotería?

(Jamma) Revisar el aumento del reparto del coste de los servicios sanitarios proporcionando, como cobertura financiera, además de los ahorros derivados de una reorganización seria del sector de la atención especializada ambulatoria, el establecimiento de un gravamen sobre los premios de loterías y la reducción de consultores externos en el sector sanitario que, a juicio del Tribunal de Cuentas, es un fenómeno a perseguir y condenar como presagio de despilfarro de recursos.

Esta es la propuesta presentada en una interpelación dirigida al Ministro de Salud por un nutrido grupo de senadores del Partido Demócrata, entre los que se incluyen:

Dirindin, Martini, Lepri, Maturano, De Biasi, Bianco, Granaiola, Mattesini, Padua, Silvestro, Albano, Amati, Angioni, Bertuzzi, Borioli, Cardinali, Casson, Chiti, Cirinn, Corsini, Cucca, D'Adda, Di Giorgi, Esposito Stefano, Fabbri, Fattorini, Favero, Fedeli, Filippin, Fornaro, Gatti, Ghedini Rita, Gotor, Guerrieri Paleotti, Lai, Lo Giudice, Lo Moro, Manassero, Marino Mauro Maria, Mineo, Morgoni, Mucchetti, Orrù, Pagliari, Parente , Pegorer, Pezzopane, Puglisi, Puppato, Rossi Gianluca, Russo, Sangalli, Santini, Scalia, Sollo, Spilabotte, Sposetti, Tomaselli, Tonini, Verducchi y Zanoni.

A continuación se muestra el texto completo de la interpelación.

Al Ministro de Salud.

- Dado que:

el aumento del reparto del coste de los servicios sanitarios (el copago de 10 euros en las recetas de asistencia ambulatoria especializada y los copagos introducidos en las regiones sujetas a un plan de recuperación) están empeorando significativamente las condiciones de acceso económico a la atención, especialmente entre los más débiles que la población, más afectados por la crisis y por las incertidumbres asociadas a ella (desempleo, precariedad y flexibilidad laboral, quiebras de empresas, nuevas pobrezas, enfermedades mentales, estrés social), en una situación ya fuertemente comprometida por la las continuas restricciones impuestas en los últimos años al gasto sanitario y social y la contención de la oferta de servicios;

los continuos cambios en el sistema de reparto del coste de los servicios sanitarios y en el régimen de exención corren el riesgo no sólo de reducir los niveles de protección garantizados hasta ahora, sino de no generar los ingresos para los que estaban previstas las maniobras económicas;

la creciente complejidad del sistema, basado en una pluralidad de criterios no siempre coherentes, produce inevitablemente disparidades de trato, especialmente entre las distintas regiones italianas, tanto más odiosas cuanto más las soportan las menos favorecidas; a modo de ejemplo, señalamos el diferente trato reservado a los desempleados (a los que se les concede la exención de entradas si pertenecen a una unidad familiar con unos ingresos brutos totales inferiores a 8.263,31 euros, incrementados hasta 11.362,05 euros en presencia del cónyuge y a razón de 516,46 euros adicionales por cada hijo a cargo) frente al creciente número de parados (a los que sólo algunas normativas autonómicas reconocen la exención);

Artículo 17, apartado 1, letra d), del decreto-ley de 6 de julio de 2011, n. 98, convertido, con modificaciones, por la ley 15 de julio de 2011, n. 211, prevé, a partir de 2014, un aumento del reparto de los costes sanitarios por un importe igual a 2.000 millones de euros; el Tribunal Constitucional, con sentencia n. 187, de 16 de julio de 2012, declaró ilegítimo el ejercicio por el Estado de la potestad reglamentaria en materias en las que no tiene competencia exclusiva, por lo que no procede el aumento de entradas; el Documento Económico Financiero 2013, apartado II, al reconocer la ilegitimidad de la disposición, sin embargo, no indica claramente qué método diferente de financiación puede adoptarse, en particular porque no resulta la variación de la financiación a la que contribuye el presupuesto del Estado;

la previsión de un aumento significativo, que se puede estimar del orden del 50 por ciento en el transcurso de algunos años, en los costes soportados por los pacientes en el momento del consumo de los servicios sanitarios suscita importantes preocupaciones; las conocidas debilidades del sistema, en términos de eficiencia y equidad, corren el riesgo de volverse difíciles de tolerar en un contexto en el que los ciudadanos, cada vez más

pobres, pagan boletos cada vez más altos. El impacto más grave se produce, sin embargo, cuando el aumento de los billetes va acompañado del cuestionamiento del sistema de protección: las continuas reducciones de los servicios podrían suscitar reacciones de alarma de los ciudadanos, así como de las Regiones, también por el papel de aglutinante de las normas nacionales. unidad llevada a cabo en el pasado por el SNS, y para alimentar un creciente descontento social;

mientras que:

desde el mes de abril de 2011 entró en vigor el decreto del Ministro de Economía y Hacienda de 11 de diciembre de 2009 por el que se modifican, para la asistencia ambulatoria especializada, los procedimientos de reconocimiento de las exenciones de renta. En particular, el decreto prevé la superación del sistema anterior, basado en la simple autocertificación del ciudadano, previendo la utilización de las bases de datos disponibles en la administración pública y el inicio de la informatización de los procedimientos para el reconocimiento de exenciones de ingresos;

el nuevo sistema constituye un importante paso adelante en la lucha contra el impago del billete, pero el paso de la autocertificación a la lista de nombres de la Agencia Tributaria se realizó con tiempos y modalidades muy diferentes entre las regiones y exigió la beneficiarios y no despreciables obligaciones burocráticas con los médicos; la creciente presencia de casos particulares (personas cuya situación económica empeora durante el año o cambia la composición de su familia) también ha hecho necesario mantener la autocertificación, evidenciando la fragilidad del procedimiento;

considerando también que:

el artículo 17, apartado 6, del mencionado decreto-ley reintrodujo el billete de 10 euros de asistencia especializada (ya previsto por una disposición de la ley de finanzas de 2007, luego derogado por el decreto-ley n. 112 de 2008 por las distorsiones que la introducción del billete podría haber creado), asociación que produce importantes efectos distorsionadores, abaratando el recurso al mercado privado de servicios (en lugar del servicio público) para un gran número de servicios con tarifas reducidas (estimadas en unos 50 euros por receta). En consecuencia, la mayoría de los servicios ambulatorios especializados (análisis de laboratorio, visitas al especialista, diagnóstico por imagen) superan implícitamente los niveles de asistencia garantizados a los pacientes no exentos, independientemente de cualquier evaluación de adecuación a las necesidades específicas de salud de las personas. No solo. Los altos niveles de participación impuestos a los más acomodados reducen los beneficios con los que cuentan en caso de enfermedad y los llevan a cuestionar la oportunidad de seguir participando en un sistema público universal y solidario;

la aplicación del billete de 10 euros en asistencia especializada está muy diferenciada a nivel autonómico. Razones de eficiencia distributiva y de equidad distributiva han llevado, de hecho, a las Comunidades Autónomas a adoptar una modulación diferente del billete, sujeta a la certificación por el Ministerio de Economía del criterio de equivalencia de los ingresos. En general, las Regiones dotadas de mayor autonomía (las que tienen un estatuto especial) han desatendido con frecuencia la aplicación de la boleta; las Regiones tradicionalmente más atentas a la equidad han introducido entradas progresivas en función de los ingresos; las Regiones más atentas al funcionamiento de los mercados han modulado el billete en función del coste del servicio; finalmente, otras Regiones se limitaron a aplicar la legislación nacional. El resultado es la ocurrencia de efectos variados, y muchas veces perversos en opinión de los interrogadores, como lo demuestran los resultados preliminares de la reciente encuesta de Agenas;

el objetivo de "recaudar dinero", que pretendía la introducción del billete, no se logró como la renuncia de los ciudadanos a los servicios (tanto en estructuras públicas como privadas acreditadas), la reducción del acceso a la asistencia pública especializada (estimada en promedio igual , entre los no exentos, en torno al 17 por ciento) y el aumento del número de exentos por patología, están produciendo una recaudación efectiva sensiblemente inferior a la prevista por la disposición. Estimaciones recientes de Agenas indican un aumento de los ingresos de alrededor de 500 millones de euros frente a un objetivo previsto de 834 millones de euros; cabe señalar que los ahorros de costos asociados con la disminución de los servicios prestados dentro del servicio público son, en cualquier caso, modestos, ya que se limitan únicamente al componente marginal de los costos de producción; aún más modestos son los ahorros si se consideran netos de los costes administrativos de gestión de billetes (de cuantía desconocida, pero crecientes a medida que aumenta la complejidad del sistema) y la pérdida de ingresos del Irpef (gasto fiscal) derivados de las concesiones otorgadas a los billetes en régimen fiscal oficina de devolución,

pides saber:

si el Ministro en turno no estima necesario y ya no es aplazable adoptar ninguna iniciativa útil para prever la derogación de las citadas normas relativas al incremento de la participación de los ciudadanos en los costes sanitarios por un importe igual a 2.000 millones de euros a partir de a partir del 1 de enero de 2014 y la reintroducción del copago de 10 euros en las recetas de asistencia ambulatoria especializada para remediar una situación insostenible que pesa sobre los ciudadanos cada vez más obligados a renunciar a los servicios sanitarios por el coste del copago, así como como para evitar la reducción progresiva e implícita de los niveles asistenciales esenciales, contemplando intervenciones encaminadas a reconducir la asistencia especializada dentro de criterios más rigurosos de adecuación, eficacia y eficiencia, en analogía con lo que se prevé para otros sectores sanitarios la salud pública universal y solidaria sistema;

si no considera oportuno prever, como cobertura financiera, además de los ahorros derivados de una profunda reorganización del sector de la atención ambulatoria especializada, el establecimiento de una tasa sobre los premios de lotería y la reducción de las consultorías externas en el sector sanitario que , en opinión del Tribunal de Cuentas, es un fenómeno que debe ser perseguido y condenado como presagio de despilfarro de recursos.

Artículo anteriorBorg (UE): Las intervenciones contra el juego patológico son responsabilidad de los Estados miembros
Artículo siguienteBetFlag también es un bono para Pisa-Perugia