De la lectura de la propuesta de dictamen favorable con condiciones y observaciones formulada por la relatora Liris (FdI) sobre el "Proyecto de decreto legislativo que contiene disposiciones relativas a la reorganización del sector del juego, a partir del juego a distancia", luego aprobado por la Comisión de Presupuesto del Senado. No parece que se hayan prestado demasiada atención a las propuestas presentadas por los representantes de los operadores públicos de juego. En particular, la Comisión de Presupuesto subrayó que el dictamen sobre el decreto, que ahora volverá al Consejo de Ministros para su adopción, podría mejorarse basándose en una serie de condiciones y observaciones.

Entre las observaciones más significativas se encuentra la relativa a la disposición contenida en el artículo 13 del decreto, es decir, la creación de un registro. En relación con el artículo 13, se confirma que la Agencia de Aduanas y Monopolios podrá disponer el establecimiento y mantenimiento del registro para la inscripción de los propietarios de reventas ordinarias o especiales de bienes monopólicos autorizados para el cobro de juegos públicos, así como sujetos que realicen actividades de venta en puntos de recarga. No se esperan nuevas o mayores cargas para las finanzas públicas, teniendo en cuenta, además, "que ya lleva registros similares con los recursos disponibles según la legislación vigente". La referencia va al RIES, el registro de operadores de juego que disponen de tragamonedas.

El artículo 20 del decreto regula el mantenimiento de los productos de juego. Se hace referencia a una regulación, en relación con los juegos individuales a distancia, para prever variaciones en la devolución de ganancias y apuestas, así como en las medidas de retiro, directamente proporcionales a la disminución en la recaudación de ingresos fiscales, en cualquier caso no exceder el valor absoluto de la disminución porcentual confirmada; Esto puede ocurrir si la oferta correspondiente indica una pérdida de la recaudación y de los ingresos tributarios antes mencionados, en los últimos dos años, de no menos del cinco por ciento. En el dictamen, la Comisión sugiere que el reglamento previsto en la ley se envíe a las comisiones parlamentarias competentes. Se prevé que el Gobierno modificará la disposición en este sentido, con motivo de la aprobación definitiva del texto por el Consejo de Ministros, de modo que se espera su paso a las comisiones parlamentarias para su dictamen. Transcurridos 30 días, en cualquier caso se adoptaría el reglamento.

También se anuncia un estudio en profundidad por parte del Gobierno sobre la regulación de la responsabilidad tributaria vinculada a la adopción de las medidas de variación. En cualquier caso, la Comisión sugiere verificar la posibilidad de limitar la exclusión únicamente a los casos de negligencia grave.

Por último, la Comisión está de acuerdo con el lanzamiento de intervenciones para combatir la oferta de juego a distancia en ausencia de concesión pero, como se ha especificado, sin el uso de recursos adicionales.

A continuación se presenta la propuesta de dictamen favorable con condiciones y observaciones aprobada por la Comisión de Presupuesto del Senado:

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