Destinar parte de los ingresos procedentes de los impuestos sobre las actividades de juego y apuestas a intervenciones de lucha y prevención del juego patológico por parte de las Administraciones Locales. Es una de las propuestas presentadas hoy por la Conferencia Unificada Estado-Regiones durante la audiencia sobre el Plan de Reorganización de los Juegos que tuvo lugar en el Comité de Finanzas del Senado.

La cuestión del reparto de ingresos entre las entidades es uno de los temas sobre los que la política debe reflexionar, afirmó Massimiliano Maselli, Concejal de inclusión social del Lacio.

Se ha dicho que la cuestión de las distancias hoy debe considerarse en relación con el tipo de usuario. Se trata de mirar los números: hoy el juego en línea 'produce' recaudaciones de más de 1,2 millones de euros, más que el juego físico. Los jóvenes juegan online, por lo que los 500 metros de lugares sensibles no tienen mucho sentido. Se debe prestar especial atención a los puntos de recarga.

La Conferencia elaboró ​​un documento sobre el Plan publicado en las últimas semanas.

Los puntos resaltados

En el artículo 2 se considera oportuno eliminar los términos "juego responsable" y "juego seguro", no reconocidos por la comunidad científica, y sustituir el término "adicción al juego", también cuestionado en el ámbito científico, por "juego patológico". ”o “trastorno del juego”; en el artículo 2, apartado 1, letra r), relativo al "punto de venta de recarga", elegido y contratado directamente por el concesionario, constituye casos potencialmente contrarios a numerosas normativas regionales en la materia, en particular con la apertura, recarga y cierre de la cuenta de juego. Por ejemplo: Se prohíbe a los operadores de establecimientos de juego dar crédito a los jugadores. Se prohíbe cualquier forma de facilitación, promoción comercial o fridelización del juego.

Le invitamos también a evaluar el carácter contradictorio de un punto de venta de recarga que abre, recarga y cierra su cuenta de juego, excluyendo el movimiento de sumas; el artículo 3 le pide que evalúe el mantenimiento de la prohibición de publicidad (que recientemente ha llevado a importantes resultados con altas sanciones a la empresa META, propietaria de los principales canales sociales), con la eliminación del literal 1 del primer párrafo;

4) en el artículo 3, apartado 1, se propone eliminar las referencias a 'juego seguro' y 'juego responsable'; en el artículo 4, invitamos a evaluar la oportunidad de sustituir la expresión "protección" por "protección" de salud en el párrafo segundo en forma correspondiente a las disposiciones constitucionales (art. 32) y los principios que de ella se derivan, en el artículo 5 se observa lo siguiente: a pesar de la ausencia de competencias específicas respecto del sistema de concesiones, en general lo que ya está Informó anotado en el artículo anterior: Le invitamos a evaluar atentamente el cumplimiento del principio de libre competencia y en concreto de la prohibición general de acuerdos restrictivos de la competencia (artículo 101 TFUE).

El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) tiene como objetivo prevenir restricciones y distorsiones de la competencia, como abusos de posiciones dominantes, acuerdos anticompetitivos, así como fusiones y adquisiciones, cuando restringen la competencia. Las ayudas estatales también están prohibidas según el artículo 6, c.6′. La Agencia de Aduanas y Monopolios emite la concesión tras el resultado de una licitación pública y sujeto al cumplimiento de los requisitos/condiciones que se establecerán en el anuncio de licitación, incluido el compromiso de adoptar acciones y medidas que se implementarán para contrarrestar el juego patológico previamente. sujeto a evaluación por la Agencia; “

Se considera estratégica la implicación de las Regiones y Provincias autónomas en la definición de las líneas generales de las medidas a implementar para combatir el juego patológico; en el artículo 12, les invitamos a evaluar atentamente el contenido del informe sobre "El Fondo para el juego 'peligro patológico' a que se refiere la Resolución 30 de diciembre de 2021, n.23l202llG del Tribunal de Cuentas - Sección Central para el control de la gestión de las Administraciones del Estado. Véase en particular el capítulo IV del propio informe.

Consulte lo que ya se ha explicado en relación con la protección de la salud. La recogida y tratamiento de datos es de fundamental importancia, pero esto también debe perseguir la prevención del Trastorno del Juego. A efectos de protección de la salud, se debe limitar y no fortalecer la difusión y desarrollo de la oferta de juegos públicos;

El artículo 13 (Puntos de venta de recarga) prevé el establecimiento de un registro para la inscripción de los titulares de reventas ordinarias o especiales de productos monopólicos autorizados procedentes de la recaudación de juegos públicos, así como! de los sujetos que realicen la actividad de puntos de venta de recargas titulares de autorización conforme a los artículos 86 o BB del TULPS, autorizados, ...".

Sería conveniente que las Comunidades Autónomas y Provincias autónomas pudieran acceder al menos a las indicaciones de las ubicaciones de estos puntos de venta de recargas como "lugares de la red de juego de Jisica". El conocimiento de la ubicación es también información necesaria para la definición de los criterios de distribución y concentración territorial de las redes físicas de juego y de las medidas de lucha contra el juego patológico con el fin de garantizar los mejores niveles de seguridad para la protección de la salud.

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