“Artículo 222, párrafo 2, del decreto ley de 19 de mayo de 2020, n. 34, dispuso la exención extraordinaria del pago de las cotizaciones sociales y asistenciales desde el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de junio de 2020 para las empresas pertenecientes a los sectores agroturístico, apícola, cervecero,…
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