Ayer continuó el examen del proyecto de ley en la Comisión de Justicia del Senado "Regulación de las competiciones de videojuegos” firmado por Martí (Lega) y otros. Al final de la reunión la Comisión aprobó una propuesta de dictamen favorable con observaciones.

A continuación el informe de la sesión:

La presidenta Giulia Bongiorno (Lega), en sustitución del ponente Ernesto Rapani (FdI), ilustra una propuesta de dictamen favorable con observaciones y enmiendas presentadas al proyecto de ley n. 970, destacando las siguientes propuestas como de interés con respecto a las competencias de la Comisión: enmiendas referidas al artículo 4, que introduce disposiciones específicas para proteger a los menores: enmiendas 4.1 y 4.2 (que aumentan el límite de edad por debajo del cual no se permite a los niños la participación de menores en competiciones de videojuegos); enmienda 4.3 (que elimina la referencia al valor máximo de los premios previstos para concursos en los que participen menores de dieciséis años); enmienda 4.4 (que prohíbe la elaboración de perfiles y el intercambio de información entre jugadores en el caso de competiciones en las que participen menores de dieciséis años); las enmiendas 4.5, 4.6 y 4.8 (que introducen prohibiciones y obligaciones específicas para los editores de videojuegos); enmienda 5.2, que se refiere a la Oficina encargada de adoptar la disposición que prohíbe la participación en concursos de videojuegos a que se refiere el artículo 5, apartado 5, con el objetivo de uniformar el nombre en el proyecto de ley, tal como se sugiere en el informe sobre el texto realizado en la Comisión de Justicia en la sesión del 3 de abril; la enmienda 10.1 que amplía la prohibición de apostar, incluso a través de terceros, a los organizadores que hayan participado en al menos dos competiciones de videojuegos; la enmienda 10.2 que identifica un órgano de justicia ad hoc establecido en el CONI para medidas cautelares y cuestiones relacionadas con las competiciones de videojuegos; la enmienda 10.3 que introduce una multa administrativa de 10.000 a 100.000 euros para quien promueva los juegos de azar, aunque sea indirectamente, y la enmienda 10.0.1 que amplía la prohibición de la publicidad de juegos de azar también a los editores de videojuegos; enmiendas 12.1, 12.2, 12.3 y 12.4 que intervienen directamente sobre las sanciones previstas por violaciones de las prohibiciones relativas a la falta de registro del editor de videojuegos o relativas a la participación de menores en competiciones de videojuegos; la enmienda 12.5 que añade a las sanciones previstas por la violación de las prohibiciones introducidas por el proyecto de ley también la inhibición de participar en competiciones de videojuegos durante un año.

Sin que nadie pida la palabra, el presidente somete a votación la propuesta de dictamen favorable con observaciones, que, tras comprobar el quórum, es aprobada por la Comisión, posponiendo la expresión del dictamen sobre las enmiendas.

Por tanto, se pospone la continuación del examen.

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