A continuación se muestra el informe publicado por Grupo Entain tras la audiencia sobre el decreto de reorganización del juego en línea celebrada ayer en el Comité de Finanzas del Senado: “El Grupo Entain es un líder internacional en el sector del entretenimiento, que opera exclusivamente en mercados regulados con más de 140 licencias ubicadas en 40 países, 30 marcas y una fuerza laboral de aproximadamente 30.000 personas. El grupo está presente en Italia desde la primera fase de regulación del sector y, con una inversión de más de 100 millones de euros, desde 2006 ha podido construir una realidad que hoy emplea directamente a 450 empleados y, a través de su red comercial puntos, emplea a más de 5.000 personas en todo el territorio nacional.

La necesidad de una reorganización global del sector del juego es sentida fuertemente por todos los actores de la cadena de suministro, que durante demasiado tiempo ha permanecido en una fase de estancamiento, caracterizada por una sucesión de intervenciones regulatorias descoordinadas que han contribuido significativamente a aumentar su complejidad. e incertidumbre. De hecho, durante demasiados años, el sector ha visto una sucesión de prórrogas de concesiones, en una lógica cortoplacista que ha bloqueado la capacidad de planificar inversiones estructurales, con consecuencias inevitables en términos de competitividad del sector también a nivel internacional. nivel. Por lo tanto, está claro que de un proceso de reorganización destinado a rediseñar las reglas del sector para los próximos 10 a 15 años, los operadores, pero también todos los demás actores a los que se dirige la reforma, esperan respuestas claras al menos sobre las siguientes cuestiones :

  1. definición de nuevas reglas que miren hacia el futuro y se inspiren en principios de transparencia, claridad y estabilidad;
  2. reafirmación de la centralidad del sistema de concesiones, con nuevas disposiciones capaces de combatir el mercado ilegal y cualquier forma de irregularidad aún presente;
  3. garantía de un mercado competitivo que respete plenamente las normas de competencia.

Nuevas reglas para el futuro del sector, inspiradas en principios de transparencia, claridad y estabilidad

Los principios y criterios rectores dictados para la reordenación de las disposiciones vigentes en materia de juego público se basan en el régimen de concesiones y autorizaciones, en la conciliación de los intereses públicos generales en materia de salud con los del fisco así como en la prevención del dinero. fenómenos de blanqueo o ilegalidad que pudieran surgir de actividades delictivas. El Gobierno, por tanto, pretendía confirmar, como modelo de gestión de los juegos públicos, la concesión de determinadas actividades y funciones públicas relacionadas con el juego, mediante procedimiento público. La convocatoria de la nueva licitación permitirá otorgar concesiones con una validez de nueve años y, según las estimaciones, generará aproximadamente 9 millones de euros en pagos únicos frente a la adjudicación prevista de 350 concesiones, con un coste de 50 millones de euros cada una. . A pesar del fuerte aumento de los costes de participación en la licitación (7 veces superiores al valor de la última licitación) y de la gestión de la concesión (con un aumento del 35% en el canon de concesión), el tan esperado procedimiento de selección parece estar bien. la mejor solución para garantizar una correcta planificación de las inversiones de los operadores.

Entre los objetivos fijados en la redacción actual del decreto se encuentra la clara voluntad de limitar el número de operadores "fomentando la fusión de los pequeños concesionarios, aumentando su fiabilidad financiera y su correspondiente cumplimiento". Actualmente los concesionarios en funcionamiento son 93 operadores, cuyo número debería, por tanto, reducirse significativamente, teniendo en cuenta que sólo una parte de los operadores actuales podrán afrontar las condiciones económicas fijadas por la licitación para la "renovación" de las concesiones. De hecho, la participación en la licitación requerirá un esfuerzo económico no comparable al del pasado y capacidades técnico-infraestructurales igualmente importantes, considerando los principios fundamentales en los que se inspira la reorganización, como la protección de los menores, la legalidad del juego, la promoción del juego responsable, la prevención del juego ilegal y que supondrá enormes inversiones para garantizar plataformas de juego adaptadas a los nuevos estándares. En este contexto, parecía esencial la introducción de disposiciones destinadas a dar estabilidad a las normas de concesión y preservar el equilibrio contractual y los valores de los bienes públicos durante toda la duración de las nuevas concesiones; Las disposiciones mencionadas varias veces en el proyecto de Decreto (y en particular las mencionadas en el artículo 4, apartado 4, y en el artículo 5, apartado 3) encuentran plena satisfacción entre los actores de la cadena de suministro, ya que responden a las necesidades de proteger la confianza y de buena fe en las relaciones entre concesionario y actor y entre concesionario y administración pública. Las políticas de inversión de todas las empresas industriales de nuestro sector requieren transparencia y estabilidad de las normas de concesión, que en los últimos años han sido muchas veces ignoradas, con repetidas intervenciones regulatorias que han llevado a aumentos de impuestos y tasas, así como a acuerdos convencionalmente acordados. costos.

Las nuevas disposiciones para luchar contra el mercado ilegal y cualquier otra forma de irregularidad en el sector

Volver a poner las concesiones en el centro del sistema de gestión del juego en Italia significa centrarse en una de las claves de su éxito internacional. De hecho, el sistema de concesiones italiano ha sido objeto de estudio y modelo de desarrollo para muchos países europeos y no europeos desde su primera implementación a principios de los años 2000. Es necesario dar un nuevo impulso al proceso, iniciado con las primeras concesiones dedicadas al juego a distancia, que ha permitido orientar flujos de juego ilegal/irregular hacia el sistema de concesionarias controladas por el Estado, con repercusiones sumamente positivas no sólo en en términos de ingresos fiscales, pero también y sobre todo en términos de políticas de protección de los jugadores, de promoción del juego responsable, de trazabilidad de los flujos financieros, de prevención, contraste y represión de cualquier actividad de blanqueo de dinero relacionada con el juego. De las recientes investigaciones llevadas a cabo por el poder judicial y de los resultados de las actividades de control de las administraciones competentes, se puede afirmar que todavía existen focos de juego ilegal sobre los que actuar con determinación, con una actuación combinada que garantice la competitividad de la Sistema italiano de recaudación de juegos de azar y eficacia de las actividades de control, prevención y represión contra el juego ilegal.

En cuanto al primer punto, además de las consideraciones ya mencionadas anteriormente, parece necesario recordar las inevitables interconexiones que, en un contexto económico digital globalizado, tiene nuestro sistema de juego con los llamados "competidores" .com. Desde el punto de vista regulatorio, esto determina la necesidad de tener en cuenta la extrema sensibilidad del sector ante maniobras fiscales, incluso aparentemente de pequeña escala, capaces de socavar su estabilidad competitiva. Los efectos, incluso en el corto plazo, pueden conducir al movimiento de porciones considerables del juego del sistema italiano hacia aquellos de países con mayores retornos.

En cuanto a las acciones de lucha contra el juego ilegal, también debido a la sofisticación de las herramientas tecnológicas disponibles para quienes quieren eludir el sistema nacional de normas, es necesario facilitar la colaboración entre las distintas instituciones encargadas de llevar a cabo acciones de control del sector. fomentando su especialización, fortaleciendo las capacidades y herramientas técnicas disponibles, pero también activando una correcta ruta de formación y conocimiento de la dinámica del mercado. A este respecto, la reforma no presenta elementos nuevos respecto al pasado reciente y no supera algunas opciones tomadas hasta ahora, por ejemplo en términos de comunicación, que dificultan objetivamente distinguir la oferta de juego legal de la ilegal. .

Garantía de un mercado competitivo que cumpla plenamente con las normas de competencia

En cuanto al último de los tres aspectos, es decir, la capacidad de la reorganización propuesta para crear condiciones de mercado verdaderamente competitivas, no se puede dejar de plantear algunas dudas sobre el alcance de lo establecido, en particular en el artículo 13, sobre la regulación de los Puntos venta de recarga (PVR).

Este "modelo" de promoción del juego a distancia nació y se desarrolló masivamente durante la pandemia, coincidiendo con el cierre de la red de puntos de venta autorizados para recoger juegos y apuestas. Aprovechando un importante vacío regulatorio en materia de promoción del juego a distancia a través del canal físico, se ha extendido por todo el territorio una nueva red, cuya actividad debería haberse limitado a la mera asistencia al jugador en la apertura, recarga y cierre de la cuenta de juego. juego, pero que - a la luz de los controles efectuados por las administraciones competentes - ha adquirido a menudo perfiles de irregularidad, cuando no de absoluta ilegalidad (con varias denuncias de violaciones en virtud del artículo 4 de la ley 401/89).

Según los informes que acompañan al texto que nos ocupa, para esta red, que hoy cuenta con aproximadamente 50.000 empresas, se propone una "regulación definitiva del fenómeno", mediante la creación de un registro específico en el que inscribirse y el pago de una cuota anual. suma igual a 200 euros para el primer año y 150 euros para los años siguientes para PVR. La nueva red estará compuesta por aproximadamente 30 mil puntos de venta, considerando que sólo podrán regularizarse los PVR operados en reventa ordinaria o especial de géneros monopólicos autorizados para el cobro del juego público, así como en otros establecimientos que ya cuenten con autorización conforme a los artículos 86. y 88 de los TULPS. Por tanto, los ingresos anuales globales del Estado se estiman en 6 millones de euros para el primer año y 4,5 millones de euros para los años siguientes.

Este proceso regulatorio se realizará antes de la convocatoria de la nueva licitación, siendo un proceso completamente desvinculado de la misma.

En nuestra opinión, la elección propuesta plantea algunas preguntas:

  • ¿Por qué elegir una vía para regularizar una actividad nacida en ausencia de una disciplina positiva, a pesar de tener, con la delegación recibida del Parlamento, la posibilidad de regular el fenómeno PVR a través de herramientas que garanticen mejor la competencia?
  • Dada la ubicación actual de los PVR y las opciones tomadas respecto de dónde podrían ubicarse en el futuro, podría haber una fuerte concentración de los mismos entre muy pocos operadores, en virtud de las relaciones existentes. Se han evaluado las consecuencias de tal cosa.
    ¿Qué estructura determinará para aquellos operadores que no quisieron establecer redes PVR en ausencia de ciertas reglas?
  • ¿Se ha evaluado cuidadosamente el valor de esta nueva red, teniendo en cuenta que el PVR será, durante los próximos 10 años, el único elemento que conectará el territorio y el juego a distancia?

Considerando que las normas que hoy se debaten en esta Comisión marcarán el mercado del juego para la próxima década y teniendo en cuenta el gradual e imparable proceso de digitalización en marcha, sería deseable que la regulación de la red PVR garantizara una mayor competencia, determinando también mayores ingresos para el Estado y una verdadera multicanalidad, en la que el cliente y sus necesidades de servicio y protección estén en el centro. Para ello sería recomendable adoptar las siguientes medidas:

  • pedir que se aplace un procedimiento de licitación pública de PVR, paralelo (o integrado) al ya previsto para las concesiones remotas, o en el caso de puntos terrestres, hasta la reorganización del canal físico;
  • emisión de una autorización para cada PVR, cuya propiedad podrá ser adquirida por todos los concesionarios participantes en la licitación, no por una situación previa desarrollada fuera del contexto regulatorio, sino durante la licitación pública;
  • número máximo predefinido de PVR, significativamente inferior a los 30 mil hipotéticos por el Gobierno, también para salvaguardar su rentabilidad y evitar la proliferación de nuevos locales de juego en la zona, que se ubicarán dentro de las categorías de establecimientos ya indicadas en el artículo 13. del decreto;
  • límite máximo de concentración de PVR por distribuidor (para evitar la formación de fideicomisos);
  • definición de un derecho único de PVR, con un precio inicial y una tarifa anual superior al supuesto en la propuesta en discusión. Esta solución garantizaría una mayor rentabilidad para los gestores de la PVR y también para las arcas del Estado;
  • en tal hipótesis, algunas limitaciones previstas actualmente en el proyecto de decreto perderían su significado, incluida la relativa al límite máximo de 100 euros semanales para las recargas de efectivo".
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