En un caso pendiente ante el Tribunal de Roma, el administrador, asistido por el abogado. Maximiliano Ariano (en la foto), se opuso a la orden de pago realizada por el concesionario por un importe aproximado de €. 40.000. El juez mantuvo el caso para decisión, otorgando a las partes un plazo para presentar declaraciones finales y réplicas.

Levantando la reserva, la Corte ordenó así: «Habiendo leídas las escrituras y documentos del caso; habiendo leído las conclusiones de las partes; considerando que está pendiente una sentencia ante el Consejo de Seguridad que afecta a los procedimientos de hoy; melius vuelve a indemnizar, vuelve a poner el caso en lista y ordena la suspensión de la sentencia en espera del fallo del Consejo de Justicia".

En opinión del abogado. Ariano, habiendo evitado condenar a la Sociedad Gestora al pago de la tasa LDS, el Tribunal de Roma, en virtud de la citada disposición, "garantizó con razón a la Sociedad Gestora un ejercicio pleno y completo de su derecho de defensa posponiendo la decisión final del proceso en curso una vez que el Consejo de Estado se habrá pronunciado sobre la supuesta incompatibilidad de la LdS de 2015 con el Derecho de la UE".

El abogado Ariano destaca que "la solución adoptada por el Tribunal de Roma es la que mejor protege el derecho de defensa, no sólo de la Gestora, sino también del Concesionario, permitiendo todas las valoraciones y consideraciones que realizará el CdS para incluirse en el proceso civil sobre el mérito o no de la medida económica en cuestión, ampliando así el abanico de argumentos defensivos que pueden ser utilizados por ambas partes a los efectos de una correcta y completa investigación de la tan discutida retirada forzosa".

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