Otra sentencia del Tribunal Administrativo Regional del Lacio que estima el recurso de una sala de bingo contra el canon de concesión de prórroga.

La Junta consideró válida la aplicación cautelar primera facción digno de aceptación tanto desde la perspectiva de periculum in mora (teniendo en cuenta las repercusiones que la medida en cuestión pueda tener en todo el sector) así como en términos de fumus boni iuris (teniendo en cuenta las dudas sobre la compatibilidad eurounitaria ya expresadas por el Consejo de Estado sobre medidas similares adoptadas sobre la base del marco jurídico anterior que, como el actual art. 1, apartado 124, de la ley de 29 de diciembre de 2022, n. 197 – ha previsto un régimen de “extensión técnica” oneroso de concesiones vencidas, (véanse a este respecto las ordenanzas St. Cons., sección VII, 21 de noviembre de 2022 n. 10264 y St. Cons., sección IV, 31 de enero de 2023, n. 1071); 

Visto lo anterior, la Junta considera que existen condiciones para suspender la eficacia de la disposición gravada y, por tanto, ordenar que se exija a la sociedad recurrente el pago del canon de concesión en la cuantía reducida de 2.800,00 euros mensuales, para condicionar que, por el resto y hasta cubrir la totalidad del importe redeterminado por la Administración (7.500,00 euros mensuales más el incremento adicional ex arte. 1, apartado 124, carta. a), de l 197/2022, es decir 8.625,00 € mensuales), la recurrente procede -para garantizar los intereses económicos de la Administración- a cumplir las siguientes obligaciones.

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