“Las disposiciones de las medidas para la contención del COVID 19 que atañen o pueden atañer específicamente a los ciudadanos extranjeros son las siguientes: art. 9 Decreto Legislativo n. 9/2020 – Procedimientos administrativos competencia de las autoridades de seguridad pública. Comenzando…

Para leer este artículo

Inicie sesión o regístrese

Artículo anteriorCoronavirus: Decreto en Semana Santa, se espera la paralización de los impuestos locales
Artículo siguienteA falta de expedición de licencia de apuestas, Tar Calabria rechaza recurso: "Asistencia permanente del propietario con delincuente a la mafia, peligro de injerencia en la gestión empresarial"