Anuncio 2000 agencias, los procedimientos técnicos funcionales de la red

(Jamma) Con nota firmada por Roberto Fanelli, director central interino de la Agencia de Aduanas y Momopoli, se comunican los procedimientos técnico-funcionales de la red telemática de los concesionarios que participaron en la licitación de las 2000 agencias. A continuación el texto de la circular.

El numeral 1 del artículo 19 del proyecto de Convenio establece que la Agencia de Aduanas y Monopolios (ADM) realiza un control técnico-funcional de la red telemática del concesionario, previo a la activación de la red de tiendas.
Esta actividad tiene como objetivo verificar la validez y eficiencia de los métodos de interfaz de los sistemas de información adoptados por los concesionarios con el totalizador nacional, de acuerdo con las especificaciones indicadas por ADM en los protocolos de comunicación separados para los distintos juegos públicos a que se refiere la materia, para la transmisión correcta y exhaustiva de los datos de interés y de cualquier otro elemento requerido por el Acuerdo y por las normas técnicas adjuntas.
A los efectos de la rápida activación de la nueva red de recogida, y de acuerdo con el principio de simplificación del procedimiento administrativo, se establece un procedimiento simplificado para la realización de la verificación técnico-funcional, previsto en el apartado 5 del citado artículo. 19
Subsiste la obligación de los contratistas de presentar, en cumplimiento de lo dispuesto en las normas técnicas, el informe técnico en el que se describan las características técnicas y funcionales de la red telemática, así como los equipos tecnológicos relacionados.
El procedimiento simplificado para la realización del control técnico-funcional se divide en las siguientes fases:
1. adhesión expresa al mismo por parte de los licitadores interesados;
2. indicación para cada tipo de juego del proveedor del servicio de conectividad ya existente y cuyo trabajo se pretende seguir utilizando;
3. prórroga, por parte de ADM, de los resultados positivos únicamente de las comprobaciones técnico-funcionales ya realizadas para los tipos de juego amparados por los regímenes de concesión vigentes a la fecha de la firma.
Por lo anterior, y en particular en relación con el punto 3), el procedimiento simplificado sólo puede aplicarse a los adjudicatarios que se hayan adherido a los regímenes convencionales anteriores (los denominados "Bersani", "Giorgetti" y "Rinnovate"), como en el pasado ya han pasado la verificación técnico-funcional para los tipos de juegos ahora cubiertos por el nuevo régimen de concesión.

Los sujetos adjudicatarios de derechos relativos a locales públicos de juego, que pretendan adherirse al procedimiento simplificado para la verificación técnico-funcional, deberán enviarlo a la Agencia de Aduanas y Monopolios (ADM), a la siguiente dirección:

Agencia de Aduanas y Monopolio Dirección Central de Impuestos y Juegos de Monopolio Oficina de Apuestas
Via della Luce 34/a bis – 00153 – Roma – Italia


a más tardar en la fecha de estipulación del contrato de concesión, la solicitud expresa de adhesión al mismo mediante la cumplimentación y firma, por el representante legal o negociador con las facultades necesarias, delformulario de solicitud específico (anexo 1 de esta circular) disponible en el portal de Internet de la Agencia.
Por último, cabe señalar que la adhesión al procedimiento simplificado en cuestión representa una opción para los contratistas, sin perjuicio de la posibilidad de que ADM realice más controles técnico-funcionales de la red telemática, en el caso de adaptaciones tecnológicas y mantenimientos extraordinarios. .

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