Crece el frente de los ayuntamientos antislot, mientras el Tar lleva tiempo en los recursos de suspensión de licencias

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(Jamma) Salvaguardar el “Centro Histórico Natural” de la ciudad, es decir, aquella zona de interés con el fin de proteger los valores histórico-ambientales y las tradiciones locales, coincidiendo con el centro histórico señalado por el Plan Director Municipal. Este es el objetivo fijado por la administración municipal de Aosta con una resolución, aprobada ayer por la Comisión del Primer Consejo "Desarrollo económico y cultural".
De hecho, la Ley Regional 5, de 25 de febrero de 2013, derogó por completo las disposiciones aprobadas por el Ayuntamiento de Aosta en 2004 en materia de autorizaciones para medianas y grandes estructuras comerciales.
“Esta resolución – explica Patricia Carrador, Concejal de Turismo, Deporte, Comercio e Igualdad de Oportunidades - quiere salvaguardar la imagen y el decoro de los lugares históricos, ambientales y culturales de la ciudad, también de acuerdo con el respeto a la viabilidad. La liberalización es máxima y la libertad de competencia comercial al más alto nivel, pero con algunas excepciones. De hecho, tratamos con nuestras oficinas de entender qué limitaciones se iban a mantener respecto a la resolución de 2004, derogada prácticamente en su totalidad por la Ley 5/2013”.

Limitaciones que el Concejal ha propuesto mantener y que sobre todo intentan mantener almacenes, depósitos, chatarra, neumáticos, embalajes, materiales reciclados y, entre otros, también la salas de videojuegos y máquinas tragamonedas que resurgen cíclicamente en los debates del consejo.

Es solo uno de los últimos ejemplos de gobiernos locales que intentan introducir restricciones en el mercado de máquinas recreativas mediante la introducción de Planes Urbanos. Pero el mismo día en que los administradores del Valle de Aosta se embarcaron en la iniciativa, los jueces de la TAR de Bolzano aplazaron al próximo mes de julio la decisión sobre el recurso presentado por un operador que se veía sancionado con la suspensión de su licencia por no haber retirado de sus tragamonedas como lo exige una ordenanza sindical de 2012. El municipio de Trentino, de hecho, ha adoptado un reglamento según el cual la eliminación de las tragamonedas estaba prevista en una fecha preestablecida y el operador que apeló al Tar había sido notificado de una ordenanza “para la supresión de los juegos lícitos y para la suspensión de la actividad del establecimiento público de conformidad con el art. 47, apartado 2 de la Ley Foral 58/1988" sub prot. 41989 apéndice 5.6.2013 del Teniente de Alcalde del Municipio de Bolzano con el que ordenó "dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción (...)" "la retirada de las máquinas de juego lícitas presentes en el ejercicio público" de quo y era "la suspensión de las actividades de ejercicio público hasta la supresión de los juegos lícitos".

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